Entrada en Vigor de las Enmiendas a la Ley de Compañías BVI
Entrada en Vigor de las Enmiendas a la Ley de Compañías BVI “BC”.
Las Enmiendas a la Ley de Compañías de BVI «BC», 2015 Y 2016 (BVI Business Companies (Amendment) Act, 2015/ BVI Business Companies (Amendment) Act, 2016) entraron en vigor oficialmente el pasado 15 de enero del 2016.
La sección 118 (Registro de Directores) y las secciones 118A y 118B (Datos de Directores a registrar) entran en vigor el 1 de abril del 2016. A partir de esta fecha serán efectivos los cambios con respecto a las compañías nuevas y existentes.
Los cambios más relevantes son:
(Las tarifas incluidas son únicamente los costos del Registro de BVI).
Inscripción en el Registro del Registro de Directores: A partir del 1 de abril del 2016 todas las compañías deberán inscribir su Registro de Directores en un plazo no mayor de 21 días después de su nombramiento. Todas las compañías incorporadas antes del 1 de abril del 2016 serán consideradas “compañías existentes”. Las compañías existentes contarán con un plazo hasta el 31 de marzo del 2017 para inscribir sus Registros de Directores en el Registro de BVI. Si la inscripción se realiza hasta el 30 de septiembre del 2016, el mismo no tendrá costo; si la inscripción se realiza antes del 31 de marzo del 2017, el cargo será de US$25; si la inscripción se realiza después del 31 de marzo del 2017, el costo será de US$50 y aplicarán las penalidades detalladas a continuación:
US$300 por el primer mes de no cumplimiento del 1 de abril del 2017 al 1 de mayo del 2017;
US$500 por los tres meses siguientes del 1 de mayo del 2017 al 1 de agosto del 2017;
US$750 por los tres meses siguientes del 1 de agosto del 2017 al 1 de noviembre del 2017;
US$1,000 por cada mes transcurrido después del 1 de noviembre del 2017.
Las compañías incorporadas a partir del 1 de abril del 2016 (compañías nuevas) deberán inscribir sus Registros de Directores en un plazo no mayor de 21 días a partir de su nombramiento y el costo será de US$50. La penalidad por no inscribir el Registro de Directores inicial en el plazo indicado es de US$100. Los cambios posteriores se deberán registrar en un plazo no mayor de 30 días después de su nombramiento a un costo de US$50. La penalidad por no inscribir los cambios en el plazo indicado será de US$100.
Registro Opcional del Registro de Accionistas: La compañía puede elegir si desea inscribir una copia de su registro de accionistas en el Registro de BVI. Si la compañía decide inscribirlo, también deberá inscribir todos los cambios posteriores hasta tantose decida cesar con la inscripción de dichos cambios.
Registros y Documentación Subyacente: Las compañías deberán mantener los “records” y la documentación subyacente por un período de cinco años luego de que la transacción por la cual fuera incorporada la sociedad haya sido completada o que la compañía haya terminado la relación de negocios. En caso de que los “records”y la documentación subyacente se mantengan en un lugar distinto a la oficina del agente registrado, éste deberáser informado sobre la dirección en la que se mantienen los “records” y la documentación subyacente y el nombre de la persona responsable de su manejo. El agente registrado deberá ser informado en un plazo no mayor de 14 días sobre cualquier cambio en esta información. Los “records” y la documentación subyacente deberán demostrar y explicar las transacciones de la compañía y permitir determinar la situación financiera de manera precisa. La penalidad por no cumplir con este requisito es de US$50,000.
Continuación fuera de BVI: La compañía debe presentar una declaración confirmando que las leyes de la jurisdicción fuera de BVI permiten la continuación y que la compañía ha cumplido con estas leyes. De lo contrario, el Registro no emitirá el Certificado de Descontinuación. El Registro proporcionará el formulario aprobado de la declaración.
Continuación a BVI: El director de la compañía extranjera debe inscribi en el Registro de BVI un certificado que confirme que dicha sociedad ha cumpido con los requisitos de la jurisdicción extranjera. Al certificado se le debe anexar un extracto de la ley por la cual se rige la sociedad. De esta manera se eliminan los requisitos de presentar una opinión legal y una declaración jurada por parte del director de la compañía.
Registro de Gravámenes: 1) La compañía deberá notificar al agente registrado sobre cualquier cambio en su registro de gravámenes en un plazo no mayor de 14 días. 2) Una compañía con gravámenes existentes puede ser transferida a otra jurisdicción siempre y cuando el gravamen sea pagado, o el acreedor de su consentimiento para la continuación, o se demuestre que los intereses del acreedor no van a ser afectados por la continuación. 3) Una compañía con gravámenes existentes puede ser liquidada, siempre y cuando el liquidador garantice que va a cumplir con la prioridad de pago de los gravámenes existentes.
Arbitraje: En los Estatutos de la sociedad se puede estipular que ciertas disputas puedan resolverse mediante arbitraje en BVI. En caso de que usted quiera incluir esta cláusula en los Estatutos, por favor notifíquenos.
Cambio de Oficina Registrada y Agente Registrado: Los abogados que tramitan la inscripción de cambios en la oficina registrada y agente registrado ya pueden realizar los pagos de tasas pendientes en nombre de la compañía. La inscripción de dichos cambios por parte de un abogado no absuelve a la compañía de cualquier obligación que pueda tener con su agente registrado actual.
Compañía Listadas en la Bolsa de Valores: 1) Deberán llevar un Registro de Accionistas separado. 2) No es necesario ejecutar el documento de transferencia.
Ejecución De Documentos En Jurisdicción Extranjera: Los documentos (contratos, acuerdos, testamentos, etc.) ejecutados y sellados en una jurisdicción extranjera que vayan a regirse por las leyes de BVI, se considerarán a válidamente ejecutados si éstos son ejecutados conforme a las leyes de la jurisdicción extranjera.
Para más información sobre estas enmiendas, por favor envíenos un mensaje a info@aleman-herrera.com